El instituto
Coordinación de Formación Internacional
Artículo 34. El Instituto contará con una Coordinación de Formación Internacional que atenderá las necesidades específicas de formación política y capacitación técnica requerida por militantes, comisiones y comités de MORENA en el exterior.
Artículo 35. La Coordinación de Formación Internacional tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Elaborar un plan de estudios y diseñar ofertas pedagógicas de formación política para las comunidades de mexicanos en el exterior, dándole prioridad a los militantes y los simpatizantes de MORENA;
b) Realizar investigaciones y elaborar publicaciones especializadas sobre y en función de las necesidades de la comunidad de mexicanos en el exterior, con prioridad para los militantes y los simpatizantes de MORENA;
c) Establecer vínculos para el trabajo conjunto y el intercambio con institutos o comisiones de formación política de partidos políticos, organizaciones sociales e instituciones académicas de otros países.
El instituto
Coordinación de Formación Internacional
Artículo 34. El Instituto contará con una Coordinación de Formación Internacional que atenderá las necesidades específicas de formación política y capacitación técnica requerida por militantes, comisiones y comités de MORENA en el exterior.
Artículo 35. La Coordinación de Formación Internacional tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Elaborar un plan de estudios y diseñar ofertas pedagógicas de formación política para las comunidades de mexicanos en el exterior, dándole prioridad a los militantes y los simpatizantes de MORENA;
b) Realizar investigaciones y elaborar publicaciones especializadas sobre y en función de las necesidades de la comunidad de mexicanos en el exterior, con prioridad para los militantes y los simpatizantes de MORENA;
c) Establecer vínculos para el trabajo conjunto y el intercambio con institutos o comisiones de formación política de partidos políticos, organizaciones sociales e instituciones académicas de otros países.